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IRPF 2015, RD 1003/2014: Nuevas deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo


A partir del 1 de enero de 2015 hay tres nuevas deducciones en la cuota diferencial, de operativa análoga a la actual deducción por maternidad, que serán aplicables cuando el trabajador por cuenta propia o ajena tenga ascendientes o descendientes con discapacidad a su cargo, o forme parte de una familia numerosa, pudiendo solicitarse, igualmente, su percepción de forma anticipada.

Los tres supuestos e importes a que tiene derecho son:




  1. Familia numerosa: 1200 euros anuales; 2400 euros si es familia de categoría especial;
  2. Descendiente con discapacidad: 1200 euros anuales por cada descendiente;
  3. Ascendiente con discapacidad: 1200 euros anuales por cada ascendiente.

Los requisitos de los beneficiarios:
  1. Contribuyentes con derecho a la deducción del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad (artículos 58 y 59 de la LIRP respectivamente) y los ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre, que formen parte de una familia numerosa.
  2. Deben realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la que se esté dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad decarácter alternativo y cotizar durante los plazos mínimos fijados.
Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de alguna de las anteriores deducciones respecto de un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Las solicitudes podrán presentarse a partir del próximo día 7 de enero de 2015 por teléfono o por internet, (en papel impreso desde el 3 de febrero de 2015).


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